Dedicados al alquiler de contenedor de obra en Asturias, podemos decirte que para contratar la colocación de estos, es necesario ponerse en contacto con una empresa que cuente con todas las autorizaciones como gestor de residuos. Esta actividad está regulada por el Real Decreto 105/2008, y en él se definen los residuos de la construcción y demolición (RCD) como cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar generada en una obra de construcción o demolición.

La normativa clasifica los RCD en tres grupos diferentes según las características propias de los materiales que los componen: Inertes, peligrosos y no peligrosos. Se consideran residuos inertes a todos aquellos que no presentan ningún riesgo de contaminación ni de las aguas ni de los suelos y que, en general, podríamos asimilar a los materiales pétreos, y que son los que constituyen la mayor parte del material que se vuelca en los de contenedores de escombros.

En la clasificación de los residuos considerados peligrosos podemos englobar todos aquellos materiales que tienen determinadas características que pueden resultar perjudiciales para la salud o el medio ambiente. Una clasificación que engloba desde los combustibles, aceites industriales, refrigerantes y anticongelantes… hasta los restos de cubiertas o tabiquería que puedan contener fibras de amianto.

Por último, se consideran residuos no peligrosos aquellos que por su naturaleza pueden ser tratados o almacenados en las mismas instalaciones que los residuos domésticos, y que, generalmente pueden ser sometidos a un proceso de reciclaje: Estructuras metálicas, restos de madera, vidrio, papel y cartón…

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